Prestar su cuenta también le hace propenso a declarar renta.

Uno de los requisitos para estar obligado a presentar la declaración de renta es que el valor de las consignaciones exceda de 1.400 UVT ($50.831.000 por 2021), aun cuando provengan de ingresos recibidos para terceros.

Es común encontrar personas que se encuentren obligadas a presentar la respectiva declaración debido a que el valor de sus consignaciones o depósitos durante el respectivo año objeto de declaración (en este caso 2021) superó las 1.400 UVT equivalente a $50.831.000.

La Dian indicó que los ingresos recibidos para terceros son aquellos que se reciben a nombre de otra persona, reconociendo sobre dicho ingreso un mejor derecho por parte del tercero y, en consecuencia, adquiriendo al momento de recibirlo la obligación de transferirlo a su legítimo dueño.

Es importante tener en cuenta que los ingresos recibidos para terceros tampoco hacen parte del patrimonio de la persona que los recibe, dado que son recibidos para ser transferidos a quien jurídicamente corresponde el pago.

Si al 31 de diciembre de 2021 la cuenta bancaria tuvo consignaciones o depósitos superiores a $50.831.000, usted estará obligado a presentar la respectiva declaración de renta del año gravable 2021, aun cuando la totalidad de las consignaciones recibidas no hayan sido propias.

Lo anterior, debido a que la norma no hace ninguna distinción respecto al origen del monto de las consignaciones bancarias que obligan a una persona natural a presentar la declaración de renta.

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